19-05-2012
LA CORRECTA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (ETT) Y EMPRESAS USUARIAS: RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES COMPARTIDAS. MADRID
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Jornada Técnica:
LA CORRECTA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (ETT) Y EMPRESAS USUARIAS

09 DE JULIO DE 2008 MADRID

 

En los últimos años ha aumentado considerablemente el recurso a relaciones laborales de duración determinada o en empresas de trabajo temporal. La presencia de la contratación temporal es hoy muy significativa en todos los sectores, incluidos los de alta peligrosidad como la construcción, el metal o las industrias manufactureras. Aunque desgraciadamente las estadísticas nacionales sobre accidentes de trabajo  no nos dan datos suficientes sobre su mayor o menor incidencia en trabajadores temporales, si podemos decir que la incidencia de accidentes entre trabajadores con contratos indefinidos es prácticamente constante en España, mientras que la incidencia para los trabajadores con contrato temporal ha aumentado constantemente. También podemos concluir, basándonos en diferentes investigaciones llevadas a cabo que, en general, los trabajadores con relación laboral de duración determinada o en ETT están más expuestos a riesgos de accidentes y enfermedades profesionales que los demás trabajadores, sobretodo en determinados sectores. Estos riegos suelen estar relacionados, en parte, con determinados modos incorrectos de integración de este personal en la empresa y en su actividad y parece evidente que pueden ser disminuidos e incluso evitados mediante una formación e información adecuada y previa a la incorporación en las empresas.

El R.D. 216/1999, sobre disposiciones mínimas en seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores en el ámbito de las empresas de trabajo temporal, establece los deberes y obligaciones de carácter preventivo que ha de asumir la empresa que contrata el servicio y en su caso, la empresa de trabajo temporal, con el fin de asegurar que los trabajadores con estas relaciones laborales deben disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que el resto de trabajadores (de acuerdo a lo establecido en el  Art.28, Ley 31/1995).

En definitiva, con esta jornada técnica pretendemos abordar todas las cuestiones relacionadas con la seguridad y salud del personal de contratación temporal, desde un punto de vista legal y técnico, al mismo tiempo que analizaremos las pautas de actuación de la inspección de trabajo y diferentes experiencias prácticas tanto de empresas de trabajo temporal como usuarias de ETT.

 

 

PROGRAMA

 

09:30 - 09:45
Entrega de documentación

 

09:45 - 10:00
Presentación:
Dña. Luisa Carrillo Pacheco

Secretaria General del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST)
Consejería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid
Dña. Raquel López

Directora Área Técnica de la Fundación Prevent

 

10:00 - 10:30
PRINCIPALES DESVIACIONES EN LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES APLICADA AL SECTOR DE LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL Y EMPRESAS USUARIAS. PROPUESTAS PARA SU CORRECCIÓN
Dña. Manuela Brinques
Auditora. Directora Técnica. FULL AUDIT, S.A.

 

10:30 - 11:00
ACTUACIÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO EN ETT Y EMPRESAS USUSARIAS: INFRACCIONES MÁS FRECUENTES
Dña. Montserrat Valdés
Inspectora de Trabajo y Seguridad Social
Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid

 

11:00 - 11:30
pausa-café

 

11:30 - 12:00
EXPERIENCIA PRÁCTICA:
Gestión de la actividad preventiva en el ámbito de la contratación temporal RANDSTAD
Dña. Grazelma Buitrago
Coordinadora Departamento Prevención.

12:00– 12:30
EXPERIENCIA PRÁCTICA:
Gestión de la actividad preventiva en el ámbito de la contratación temporal en GRUPO ZENA
D. Antonio Vega

Gerente de Salud Laboral

 

12:30 - 13:00
Coloquio

 

 

LUGAR

HOTEL NH LA HABANA
Pº de la Habana Nº 73
Madrid

 

 

 

 

 

 

enlaces de interés

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