| LA CORRECTA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (ETT) Y EMPRESAS USUARIAS: RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES COMPARTIDAS. BARCELONA |
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Jornada Técnica: LA CORRECTA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL (ETT) Y EMPRESAS USUARIAS: RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES COMPARTIDAS. BARCELONA 30 DE OCTUBRE DE 2008 BARCELONA
La presencia de la contratación temporal resulta muy significativa en todos los sectores de actividad aunque se excluyan actividades de especial peligrosidad y si bien las estadísticas sobre accidentes de trabajo no nos dan datos suficientes sobre su mayor o menor incidencia en trabajadores temporales, si podemos concluir que la incidencia entre trabajadores con contratos indefinidos es prácticamente constante en España, mientras que la que el número de accidentes de trabajadores con contrato temporal ha aumentado constantemente. También podemos afirmar, basándonos en diferentes investigaciones llevadas a cabo que, en general, los trabajadores con relación laboral de duración determinada o en ETT están más expuestos a riesgos de accidentes y enfermedades profesionales que los demás trabajadores, sobretodo en determinados sectores. Estos riegos suelen estar relacionados, en parte, con determinados modos incorrectos de integración de este personal en la empresa y en su actividad y parece evidente que pueden ser disminuidos e incluso evitados mediante una formación e información adecuada y previa a la incorporación en las empresas. El R.D. 216/1999, sobre disposiciones mínimas en seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores en el ámbito de las empresas de trabajo temporal, establece los deberes y obligaciones de carácter preventivo que ha de asumir la empresa que contrata el servicio y en su caso, la empresa de trabajo temporal, con el fin de asegurar que los trabajadores con estas relaciones laborales deben disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que el resto de trabajadores (de acuerdo a lo establecido en el Art.28, Ley 31/1995). Con este encuentro técnico pretendemos abordar todas las cuestiones relacionadas con la seguridad y salud del personal de contratación temporal, desde un punto de vista legal y técnico, al mismo tiempo que analizaremos las pautas de actuación de la inspección de trabajo y diferentes experiencias prácticas tanto de empresas de trabajo temporal como usuarias de ETT.
PROGRAMA
09:15 - 09:30
09:30 - 09:45 D. Alejandro Romero Ponencia Inaugural
09:45 - 10:45 - 1ª MESA DEBATE: D. Francisco Aranda Dña. Loly Fernández
10:45 - 11:45 - 2º MESA DEBATE: D. Jose Luis Martínez Dña. Manuela Brinques
11:45 - 12:15
12:15-13:15 - 3º MESA DEBATE: Dña. Grazalema Buitrago D. Jorge López Ibáñez
13:15-13:30 Modera
LUGAR SALA PREVENT
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